La Consejería de Empleo y Economía ha aprobado las siguientes líneas de ayuda:
a)
Plan Duplícate: su objeto es subvencionar la contratación temporal
inicial a tiempo completo o a tiempo parcial no inferior al 50% de la
jornada ordinaria de la empresa, de al menos 6 meses de duración, de
personas desempleadas mayores de 30 años, inscritas al menos 3 meses de
forma ininterrumpida como demandantes de empleo en Castilla-La Mancha
con fecha anterior a la contratación.
b) Plan Duplícate Plus: su objeto es subvencionar los siguientes contratos:
1º. Los contratos indefinidos que se suscriban con personas
desempleadas, de entre 35 y 45 años, inscritas al menos 3 meses de forma
ininterrumpida como demandantes de empleo en Castilla-La Mancha con
fecha anterior a la contratación.
2º. Las transformaciones en
indefinidos por finalización o superación de la duración mínima de 6
meses de los contratos eventuales por circunstancias del mercado.
En ambos casos, los contratos se formalizarán a jornada completa, a tiempo parcial o mediante contratos fijos-discontinuos.
En
el supuesto de contratos fijos-discontinuos y de los contratos a tiempo
parcial celebrados por tiempo indefinido, la suma de la jornada en
cómputo anual deberá en todo caso ser igual o superior al 50% de la
jornada ordinaria de la empresa.
c) Plan Incorpórate:
su objeto es la formalización de contratos de trabajo en prácticas con
jóvenes desempleados menores de 30 años e inscritos como demandantes de
empleo en Castilla-La Mancha, para que accedan al mercado de trabajo
tras finalizar sus estudios universitarios o de formación profesional de
grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como
equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo
vigente, o de certificado de profesionalidad, que habiliten para el
ejercicio profesional.
Importe de las subvenciones:
1. Plan Duplícate:
. Por contratación de hombre: 2.400 euros.
. Por contratación de mujer: 2.700 euros.
2. Plan Duplícate Plus.
a) Por cada contratación inicial indefinida:
. Si es hombre: 5.040 euros.
. Si es mujer: 5.400 euros.
A las cuantías anteriores se añadirán 720 euros, si el desempleado es de
larga duración, entendiéndose como tal, a la persona inscrita como
demandante de empleo de forma ininterrumpida, durante un periodo
superior a un año.
b) Por cada transformación de contrato eventual en indefinido:
. Si es hombre: 1.800 euros.
. Si es mujer: 2.160 euros.
3. Plan Incorpórate.
. Si la duración del contrato es de 6 meses: 1.200 euros.
. Para períodos superiores a 6 meses: a 250 euros/mes hasta un máximo de 6.000 euros.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en esta Orden las personas emprendedoras, autónomos, pequeñas y medianas empresas, comunidades de bienes y entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, sin participación pública.
Se considerará emprendedores a los autónomos, pequeñas y medianas empresas, que lleven constituidos o dados de alta en la Seguridad Social menos de 24 meses, siempre que no se trate de continuación o ampliación de una actividad anterior.
Plazo de presentación de solicitudes
Para la presente convocatoria, se establecen dos plazos de presentación de solicitudes:
a) Del 20 de marzo al 30 de abril de 2013.
b) Del 1 de mayo al 31 de julio de 2013.
Más información pinchando aquí
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en esta Orden las personas emprendedoras, autónomos, pequeñas y medianas empresas, comunidades de bienes y entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, sin participación pública.
Se considerará emprendedores a los autónomos, pequeñas y medianas empresas, que lleven constituidos o dados de alta en la Seguridad Social menos de 24 meses, siempre que no se trate de continuación o ampliación de una actividad anterior.
Plazo de presentación de solicitudes
Para la presente convocatoria, se establecen dos plazos de presentación de solicitudes:
a) Del 20 de marzo al 30 de abril de 2013.
b) Del 1 de mayo al 31 de julio de 2013.
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