¿Estás pensando en emprender? ¿Buscas trabajo? ¿Tienes una empresa? ¡¡Este es tu blog!!

viernes, 17 de mayo de 2013

Ayudas para la mejora de la Prevención de Riesgos Laborales


¿CUAL ES EL OBJETO SUBVENCIONABLE?

La Consejería de Empleo y Economía ha convocado las ayudas para fomentar proyectos de mejora en  Prevención de Riesgos Laborales.
Las ayudas contemplan dos modalidades: 
Modalidad 1: Proyectos dirigidos al establecimiento de la organización preventiva de las personas emprendedoras, durante el primer ejercicio de su actividad económica.
Modalidad 2: Proyectos de inversión en instalaciones y equipos que redunden en la mejora de las condiciones de seguridad y salud de las empresas y centros de trabajo.

¿QUE ACTIVIDAD SE SUBVENCIONA?

Modalidad 1: El coste del concierto de prevención suscrito por el emprendedor con un Servicio de Prevención durante el primer ejercicio de la actividad empresarial.
Modalidad 2: Serán subvencionables las inversiones siguientes:
a) Para las personas emprendedoras, las inversiones realizadas en ejecución de medidas previstas en la planificación preventiva.
b) Para el resto de beneficiarios de la Modalidad 2, las inversiones deberán estar previstas en la planificación de la actividad preventiva y llevarse a cabo en: 1º. Sustitución de maquinaria no conforme con la normativa de seguridad.
2º. Inversiones destinadas a la adaptación ergonómica de puestos de trabajo.
3º. Adquisición de equipos para el control de contaminantes químicos, físicos y biológicos.
 
¿EN QUE PLAZO PUEDE PRESENTARSE LA SOLICITUD?


Las solicitudes pueden presentarse del 9 de Mayo de 2013 al 8 de Junio de 2013.
 
¿DONDE PUEDE PRESENTARSE LA SOLICITUD?


Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo que figura en el Anexo I a la Orden de convocatoria, y podrán presentarse:
a) Preferentemente, mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http://www.jccm.es).
b) En el registro de la Consejería de Empleo y Economía de Castilla-La Mancha, en los Servicios Periféricos de la citada Consejería, o en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
 
¿CUAL ES LA CUANTÍA DE LA SUBVENCION?


1. La cuantía de la subvención será la siguiente:

a) Modalidad 1: el 80% del coste del concierto preventivo suscrito por la persona emprendedora con un Servicio de Prevención Ajeno o de la adhesión a un Servicio de Prevención Mancomunado, durante el primer ejercicio de la actividad.
b) Modalidad 2: el 35% del coste de las inversiones subvencionadas, sin que en ningún caso el importe total de la subvención pueda superar la cantidad de 15.000 euros por beneficiario.


TODA LA INFORMACIÓN Y SOLICITUDES AQUÍ

No hay comentarios:

Publicar un comentario